Se exige aval bancario en los alquileres

En el caso de los contratos de alquiler, esto se traduce en que los arrendadores ya no se conforman con la consabida fianza, de un mes en el caso de los particulares y dos en el de los locales de negocio. Ahora, para asegurarse de que no les falla el abono de la renta, recurren a la garantía de un aval bancario. Se trata de un documento mediante el cual el banco se compromete a, en el caso de que el arrendatario no pague, responder a los requerimientos del dueño.

El miedo a los impagos y las dificultades a la hora de expulsar a los inquilinos morosos han endurecido las exigencias de los propietarios, que tratan de garantizarse por todos los medios que alguien con solvencia indiscutible pueda hacer frente a las mensualidades. Excepto en el caso de contratos entre familiares o personas de mucha confianza, la presentación de la nómina y el depósito de la fianza ya no bastan y el aval de una entidad bancaria se ha convertido en uno de los métodos más empleados.

La Sociedad Pública de Alquiler (SPA) ahora en Valencia

La Sociedad Pública de Alquiler (SPA), ha puesto en marcha una oficina en la ciudad de Valencia con el objetivo de ofrecer una atención aún más cercana y directa a los propietarios e inquilinos de Valencia y la provincia. Se trata del primer establecimiento propio que la SPA abre fuera de Madrid en el marco de una nueva estrategia por ampliar su presencia en el mercado, que reforzará así la labor de la red de delegados comerciales y más de un centenar de agentes privados y públicos que colaboran con la Sociedad en todo el país.

La presidenta de la La Sociedad Pública de Alquiler, Nieves Huertas, ha explicado que la elección de Valencia responde a la gran cantidad de viviendas disponibles para el alquiler en la zona levantina y la alta demanda que registran esta ciudad y la provincia. “El mercado del alquiler se mueve en Valencia y la SPA es la única agencia que puede aportarle mayor seguridad, profesionalidad, calidad y competitividad”, afirma Huertas.

“Nuestra oficina ayudará a lograr dos objetivos: por un lado, responder a la demanda de viviendas en alquiler de calidad y asequibles de los ciudadanos de Valencia; y por otro, garantizar a los propietarios que su contrato de arrendamiento y su vivienda están en buenas manos, ya que no hay ninguna otra agencia que ofrezca la gestión integral del contrato de alquiler durante toda la vida del contrato, garantice el pago de la renta mensual y la devolución de la vivienda en perfectas condiciones, sólo la SPA”, recalca la responsable del organismo estatal puesto en marcha en octubre de 2005.

Viviendas un 16% más baratas

Todos los alquileres gestionados a través de la oficina se beneficiarán de las garantías de la SPA, que en la Comunidad Valenciana ha facilitado el acceso a un hogar a 5.600 ciudadanos, ha gestionado 2.233 contratos de arrendamiento y ha encontrado inquilino para más del 92% de las viviendas que ha puesto en alquiler en esta Comunidad.

En este momento, la SPA tiene disponibles 122 viviendas en la provincia (77 de ellas en la capital), con una media de tres habitaciones y 90 metros cuadrados, y una renta mensual a partir de 320 euros, que es un 16% inferior a la del mercado.

La oficina, situada en la calle Bolsería, n.º 7, informará a los ciudadanos, propietarios e inquilinos, de los productos de la SPA, evaluará su posible inclusión en su programa de alquiler. Asimismo, captará viviendas susceptibles de arrendarse siempre que cumplan con los requisitos de calidad y habitabilidad que exige la SPA; las mostrará a los potenciales inquilinos; acordará con el arrendador la renta mensual; y cerrará y acogerá la firma de los contratos con el propietario, y entre éste y el inquilino.

Desahucio de VPO cuando el alquiler sea superior a la legal

El Tribunal Supremo ha rechazado que un propietario de una vivienda de protección oficial (VPO) pueda desahuciar al inquilino por el impago de la renta pactada, cuando ésta sea superior al máximo fijado legalmente para esta clase de inmuebles.

En una sentencia conocida hoy, la Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado así el recurso formulado por un inquilino contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que daba la razón a la propietaria porque el inquilino pagaba desde junio de 2003 sólo 450 euros, frente a los 660 euros supuestamente pactados.

La sentencia, en la que ha sido ponente Juan Antonio Xiol Ríos, recuerda que la Disposición Adicional Primera de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 considera nulos los contratos que establezcan rentas superiores a las máximas autorizadas en la normativa administrativa aplicable.

Por ello, no considera que pueda prosperar la interpretación de la Audiencia Provincial de Madrid de que la renta estaba pactada y, en consecuencia, el inquilino debía ser desahuciado por el impago de la totalidad.

No resulta ni ética ni jurídicamente sostenible admitir que existen dos suertes de contratos de arrendamientos“, critican el Alto Tribunal, que añade que “no se discute que la renta convenida era superior a la renta legal máxima a la fecha de suscripción del contrato, por lo que, conforme a la jurisprudencia de esta Sala, esta obligación de pagar una renta superior es nula y obliga a las partes a acomodar la renta a la legislación” de VPO.

De esta manera, los magistrados entienden que “se puede concluir, en definitiva, que el arrendatario haya incumplido con su obligación de pago, por lo que la acción de desahucio por este motivo no puede ser estimada”. EFECOM

Stop Desahucios – Afectados por la Hipoteca

STOP DESAHUCIOS es una web social sensible con los afectados por la hipoteca y personas pendientes de desahucio. De nueva creación STOP DESAHUCIOS combina un foro clasificado en diferentes categorías donde los afectados y personas dispuestas a colaborar pueden compartir sus historias e intentar ayudarse.

Desde aquí apoyamos esta causa y les animamos a participar en STOP DESAHUCIOS, por desgracia es un problema que día a día es más común.

Esperamos poder servir de ayuda.

Servicio Municipal de Alquiler, Ayuntamiento de Madrid

Servicio Municipal de Alquiler a ayudado a 36.039 personas a encontrar piso, este servicio dependiente del Ayuntamiento de Madrid.

El servicio combina las labores de asesoramiento con la gestión del alquiler. A los demandantes, les ofrece con carácter gratuito, ayuda y orientación en la búsqueda y garantías para facilitar el acceso al alquiler, asesoramiento legal sobre arrendamientos urbanos y fiscal, así como apoyo para tramitar ayudas.

Por otra parte, garantiza al arrendador el pago de las rentas mediante el establecimiento de un sistema de garantías en forma de seguros de caución y avales ante los riesgos de impagos, la conservación de la vivienda arrendada vía seguros de hogar, el apoyo en la solicitud de subvenciones para la rehabilitación, y la rehabilitación con cargo a rentas futuras.