Paulino Rivero, el jefe del Ejecutivo canario, afirma que el alquiler de viviendas ya construidas es una medida de apoyo a familias y promotores ante la crisis económica. Paulino Rivero hizo estas afirmaciones tras la inauguración de una carpa informativa sobre la gestión de la Comunidad Autónoma en el Plan Canario de Vivienda y las distintas modalidades que contempla, en función de las necesidades de los demandantes, y que estará abierta al público en Santa Cruz de La Palma hasta el próximo miércoles. Rivero insistió en la defensa del alquiler, como medida para impulsar un mercado que se encuentra, dijo, paralizado. En este sentido, el presidente regional señaló que en la actualidad hay en torno a 1,2 millones y 1,4 millones de pisos vacíos” en todo el territorio nacional. Una cifra que en Canarias asciende a alrededor de 32.000 pisos construidos que no se han abierto al mercado.
Es una de las razones, matizó el titular canario, por las que el Plan de Vivienda de Canarias incluye una medida para facilitar el acceso a esos hogares a familias con dificultades. Los promotores deberán comprometerse a ceder estas viviendas para su alquiler por un período mínimo de dos años y las familias con rentas inferiores a los 10.000 euros podrían beneficiarse de unos alquileres establecidos en 350 euros mensuales, de los cuales 50 euros correrían a cargo de las familias, mientras el Gobierno de Canarias haría frente a los 300 euros restantes.
El presidente del Ejecutivo canario hacía una defensa del Plan Canario de Vivienda 2009-2013 del que dijo que “está considerado por el Estado y por la Federación Española de la Construcción como el mejor Plan de España”, ya que contempla distintas modalidades, algunas con opción a la propiedad si bien presenta una carencia, y es la falta de crédito por parte de las entidades financieras, según Rivero. Un aspecto que, matizó, precisa de una reforma profunda.
Hasta la fecha cerca de 29.000 jóvenes madrileños han cobrado la ayuda al alquiler de 210 euros mensuales del Ministerio de Vivienda, dentro de los 188.000 ciudadanos en toda España que reciben esta ayuda, según un informe presentado hoy por la ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, al Consejo de Ministros.
“Se trata de una medida con muy buen resultado y que además está dinamizando el mercado del alquiler”, se congratuló la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega en rueda de prensa tras el Consejo.
En dicho informe, Corredor precisó que la Renta Básica de Emancipación (RBE) cuenta con más de 29.000 y 21.000 beneficiarios en la Comunidad de Madrid y Andalucía, respectivamente, así como con 34.000 en Cataluña, y recordó que la ayuda ha logrado recortar el esfuerzo de los jóvenes para emanciparse del 42 al 24,27 por ciento.
En este sentido, la ministra incidió en que desde 2004 hasta el segundo trimestre de 2009 la tasa de emancipación entre los jóvenes de 18 a 34 años se elevó un 23,9 por ciento en los hombres y un 12,1 por ciento en las mujeres, a pesar del embate de la crisis.
En concreto, las mujeres solicitan más que los hombres los 210 euros, con lo que un 56,24 por ciento del total de los beneficiarios son mujeres, frente al 43,76 por ciento de hombres.
Pisos-Alquiler.com estrena un nuevo sitio de anuncios de viviendas en alquiler en la ciudad de Sabadell. En este nuevo sitio monográfico de Sabadell podrás encontrar tu vivienda de alquiler o si eres propietario de una vivienda en Sabadell y deseas alquilarla puedes publicar tu anuncio totalmente gratis, como no podría ser de otra forma.
Para mas información Sabadell es un municipio de la provincia de Barcelona. Actualmente es la co-capital de la comarca del Vallés Occidental, junto con Terrasa, su ciudad vecina.
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La Sociedad Pública de Alquiler (SPA) ha cerrado 433 contratos de arrendamiento en febrero, casi el triple de los 155 que cerró en el mismo mes del año pasado.
La SPA, dependiente del Ministerio de Vivienda, ha sellado 786 contratos de alquiles en enero y febrero, frente a los 346 cerrados en el mismo periodo de 2009. Asimismo, 1.848 ciudadanos se han interesado por alguna de las viviendas ofertadas, un 164% más que el año pasado. Además, 404 propietarios han aceptado la renta propuesta frente a los 623 de enero y febrero del pasado año.
En 2010, acceder a una vivienda alquilada a través de la SPA supone ahorrarse un 12,7% respecto al mercado, mientras que, cuando se creó este organismo, era un 8,8%.
Por su parte, los propietarios que confían el alquiler de su vivienda a la SPA, tienen garantizado el ingreso de una renta mensual más ventajosa. En este momento, es un 23% inferior a la del mercado mientras que en 2008 esta diferencia llegó a ser del 28%.
¿En qué consiste la cesión de un alquiler? Pues sencillamente en que un arrendatario (una persona que vive de alquiler) traspase a otro individuo su posición jurídica en un contrato.
Es decir, cuando un propietario y un inquilino firman un contrato de arrendamiento, ambos firmantes tienen unos derechos reconocidos y unas obligaciones que cumplir. Pero como en cualquier otro contrato los derechos sólo pueden ser exigidos y disfrutados por la persona que figuran en el mismo. Igual sucede con las obligaciones, que sólo pueden ser exigidas a ese firmante.
A efectos legales, una cesión sería como haber sustituido el nombre del titular en ese mismo contrato.
Es imprescindible contar con el consentimiento por escrito del propietario. Las cesiones están al orden del día entre las operaciones inmobiliaria. Hay dos ejemplos típicos: el de un par de compañeros que comparten piso, pero sólo uno de ellos figura en el contrato. Si esa persona quiere abandonar la vivienda su amigo puede solicitar la cesión. No es preciso cancelar un contrato y dar de alta otro. También es frecuente cuando una pareja que vive de alquiler se separa.
¿Qué es necesario para llevar a cabo una cesión? Lo primero y más importante es tener el consentimiento del propietario del inmueble. Y es muy importante asegurarnos de tener ese consentimiento por escrito, ya que una cesión no consentida por el propietario es motivo de desalojo inmediato.
Es completamente lógico que el propietario tenga que dar su consentimiento. A fin de cuentas el inmueble es suyo y puede que tenga algo que objetar al nuevo inquilino, tal vez le preocupe su solvencia o sus costumbres.No hay que olvidar que un propietario es libre de vetar a un posible alquilado por las razones que quiera. Es una especie de derecho de admisiónarrendaterio.
La importancia de hacer bien las cosas. Hay una situación que no es tan rara como podría parecer: un alquilado al que llamaremos Pepe cede el alquiler a Juan, pero no se formaliza la cesión por que el propietario no está de acuerdo o por simple negligencia. Es decir, Juan disfruta del piso y paga puntualmente pero el contrato sigue a nombre de Juan.
¿Qué significa ésto? Pues que la obligación de pagar a efectos legales sigue siendo de Pepe. Si por lo que sea Juan desaparece dejando varios meses a deber y unos cuantos desperfectos, el propietario podrá reclamarle a Pepe el pago judicialmente.
Puede parecer una cesión, pero no lo es, son simplemente nuevos contratos:
- Si hay dos arrendatarios en un contrato y uno decide abandonar la vivienda. Según como esté redactado el contrato la otra persona podrá seguir sin hacer un nuevo contrato o no, pero no es una cesión.
- Si al cambiar el nombre del inquilino cambia algún elemento sustancial del contrato, como el precio o el plazo, tampoco será una cesión